Para obtener la respuesta es necesario poner atención en unos puntos.
1. Los alfaquíes dijeron: orar en algunos lugares es detestable uno de estos es ante una fotografía o estatua de algo que posee alma, a menos que sea cubierta con una manta, y en un lugar donde se encuentren fotografías aunque no se encuentren frente al orante.[1] Entonces orar en lugares donde hay pinturas de seres humanos y animales, sea mezquita u otro lugar, sea que esa pintura se encuentre ante el orante o en otro parte, es un acto detestable, y lo mejor es tapar con una manta la pintura.
2. Así también los alfaquíes respecto a pintar rostros humanos y de animales dentro de las mezquitas dijeron:
Imâm Jomeînî (r.): según la precaución obligatoria no hay que adornar la mezquita con oro, ni tampoco pintar en la mezquita aquello que como el hombre y el animal poseen alma. Pintar objetos que no poseen alma, como flores y plantas es un acto detestable.
Aîatul.lah Bahÿat (r.): según la precaución obligatoria no hay que adornar la mezquita con oro, ni tampoco deben pintar la imagen de algo, en especial de aquello que como el hombre y el animal poseen alma, que fuera de la mezquita también tiene inconveniente y se da la posibilidad de que orar en esas mezquitas es también un acto detestable, pero escribir Corán y hadices auténticos en la mezquita no tiene inconveniente.[2]
Aîatul.lah Fâdil (r.): según la precaución obligatoria no hay que adornar la mezquita con oro, ni tampoco pintar en la mezquita aquello que posee alma, como el hombre y el animal. Pintar cosas que no poseen alma, como flores y plantas es un acto detestable.
Aîatul.lah Makârim: el asunto de adornar la mezquita con oro es incorrecto, y también la precaución es que no debe pintarse en la mezquita aquello que posee alma como por ejemplo el hombre y el animal.
Aîatul.lah Sîstanî: la precaución obligatoria es que la mezquita no sea adornada con oro, y la precaución preferible es que no sea adornada con cosas (pinturas) que poseen alma como del hombre y del animal.[3]
3. ¿Qué dictamen tiene colgar fotografías en las mezquitas?
Aîatul.lah Jameneî: en respuesta a la pregunta relacionada con colgar fotografías en las mezquitas dijo: no tiene inconveniente, pero es mejor si las colocan en la parte techada del patio de la mezquita y durante la oración las cubren en alguna forma.[4]
A continuación ponga atención a algunas preguntas realizadas al Imâm Jomeînî (r.) a este respecto así como las respuestas que dio:
1. En la Risâlah de él se prohibió colocar pinturas en la mezquita como una precaución obligatoria. ¿Acaso esa prohibición incluye o no las fotografías?
Respuesta: No las incluye.
2. Hoy día en algunas mezquitas o lugares donde se realiza la oración de los viernes han colocado fotografías o posters ante los orantes ¿acaso orar en esos lugares es incorrecto?
Respuesta: La oración es correcta aunque es un acto detestable que esas fotografías se encuentren frente al orante y lo detestable termina cuando esas fotografías son cubiertas.
3. ¿Acaso es prohibido que ante el orante esté una fotografía de la Kaaba? Y ¿qué dictamen tienen otras fotografías que no sean de la Kaaba?
Respuesta: No es prohibido, y si son fotografías de cuerpos que poseen alma es un acto detestable.[5]
4. ¿Qué dictamen tienen las fotografías de los mártires y otras que colocan dentro de las mezquitas?
Respuesta: No tiene inconveniente. [6]-[7]
[1]– Taudîh ul-Masâ’il (Al-Mahshâ li Imâm Al-Jomeînî), t.1, asunto 898.
[2]– Ÿâma’ Al-Masâ’il (Bihÿat), t.1, p.547.
[3]– Taudîh ul-Masâ’il (Al-Mahshâ li Imâm Al-Jomeînî), t.1, asunto 908.
[4]– Ídem, t.1, p.909, preg.375.
[5]– Istiftâ’ât Imâm Jomeînî (r.), t.1, p.150, pregs.79, 80 y 81.
[6]– Ídem, t.3, p.570, preg.3.
[7]– Índices relacionados: Dictamen legal religioso de los cuadros relativos a los Imâmes, preg. 13270(12881).