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Acerca de la abrogación del Corán por medio de las narraciones consecutivas y el conceso definitivo, existen diversas opiniones que algunas, en los casos de ocurrir asuntos así, han considerado el permiso de la abrogación del Corán por medio de una narración consecutiva. Pero lo común entre los sabios es que rechazan la abrogación del Corán a través de una narración única o transmitida por una sola persona.
Varios tipos de abrogación pueden ser supuestos en las aleyas del Corán que algunos son aceptados y otros rechazados. Uno de estos corresponde también a la pregunta de la abrogación del Corán por medio de la narración, que esto por sí mismo fue uno de los tipos de “la abrogación de un dictamen y la sobrevivencia de la aleya” y acerca de este tema se ha debatido, bajo este significado que en el Corán exista una aleya que su contenido sea un dictamen legal religioso y a través de la tradición haya sido abrogado.
Una abrogación así es suponible desde varias formas[1]:
1. Abrogación por medio de una tradición consecutiva[2];
2. Abrogación a través de un conceso definitivo obtenido de la emisión de la abrogación por parte de uno de los Inmaculados;
3. Abrogación por medio de una narración única.
Respecto a la primera y segunda forma de abrogación existen tres hipótesis:
Uno. Las aleyas del Corán de ninguna manera son abrogadas por medio de la tradición.[3] Esta hipótesis fue aceptada por personas tales como el Sheij Mufid, los sabios Shafi’i y otros sabios religiosos.[4]
Dos. El Corán se abroga a través de la tradición consecutiva y del consenso definitivo.[5] Si una abrogación así fue realizada y comprobada, será aceptada, de lo contrario será rechazada.[6] Algunos dijeron, pero una abrogación así nunca se realizó.[7]
Tres. La tercera no es una opinión absoluta ya que dice que no es permitida la abrogación del Corán por medio de las narraciones que se transmitieron de los Inmaculados Imames (a.s.) y, básicamente, esta abrogación no tiene significado.[8] Sin embargo la abrogación del Corán a través de la tradición Profética es permitida según la honorable aleya: “Y lo que el Mensajero os trajo tomadlo (realizadlo), y absteneos de lo que os prohíba. Y sed temerosos de (oponeros a) Dios. En verdad, Dios es severo en el castigo”.[9] Esta opinión es rechazada puesto que las narraciones consecutivas transmitidas del Profeta (s.a.w.) muestran que él “no dijo nada en contra del Corán”.[10] Es decir, cuando el Profeta de Dios (s.a.w.) consideró el criterio para distinguir la veracidad de sus palabras la conformidad de éstas con las del Generoso Corán, no puede aceptarse que una narración, a pesar de que abroga lo dicho por el Generoso Corán y se opone a éste, sea correcta. Y los sabios shías y sunitas coinciden en opinión respecto a la transmisión de estas narraciones. Entonces estas narraciones indican que el Corán tampoco se abroga a través de la tradición profética.[11]
Pero la abrogación en la tercera forma, es decir la abrogación por medio de la narración única, la opinión común entre los shías y los sunitas es que una abrogación así no es posible.[12]
Para más información estudie los siguientes Índices:
1. “La abrogación en el Corán”, preg.no.547 (pág.web 597).
2. “La abrogación, cambio y transformación”, preg.no.13746 (pág.web 13460).
[1]– Jûî Seyed Abu Al-Qâsim, Al-Baîân fî Tafsîr Al-Qurân, p.285.
[2]– Para más información estudie el Índice: “Criterio de la narración consecutiva verbal, espiritual y resumida”, preg.no.2412 (pág.web 2529).
[3]– Naÿafî Jomeînî Muhammad Ÿawâd, Exegesis Simple, t.1, p.241; Tabâtabâî Seyed Muhammad Husayn, Al-Mizân fî Tafsîr Al-Qurân, t.15, p.14.
[4]– Exegesis Simple, t.1, p.241; Seyed Murtidâ, Al-Dhurî’ah, t.1, p.460; Sheij Tûsî, Al-‘Iddah, t.2, p.487.
[5]– Al-Dhurî’ah, t.1, pp.460 y 462; Al-Baîân fî Tafsîr Al-Qurân, p.285; Naÿmî Hâshimzâdeh Harîsî, Explicación de las ciencias y los asuntos generales del Corán, p.260.
[6]– Al-Dhurî’ah, t.1, p.460; Al-Baîân fî Tafsîr Al-Qurân, p.285; Explicación de las ciencias y los asuntos generales del Corán, p.260.
[7]– Explicación de las ciencias y los asuntos generales del Corán, p.260.
[8]– Tabâtabâî Seyed Muhammad Husayn, Apostilla a Al-Kifâîah, t.2, p.296.
[9]– Al-Ĥašr, [59:7].
[10]– «نفی صدور ما یخالف الکتاب عنه»
[11]–Apostilla a Al-Kifâîah, t.2, pp.296-297.
[12]– Al-Baîân fî Tafsîr Al-Qurân, pp.284-285; Explicación de las ciencias y asuntos generales del Corán, p.260; Al-Dhurî’ah, t.1, pp.460-461; Al-‘Iddah, t.1, p.121.
Aunque pocas personas –tales como Ibn Hazm Andaluzi del grupo sunita de los Ẓâhirî (en árabe ظاهري)– consideran permitido su realización. Recurrir a Al-Dhurî’ah, t.1, p.460-461; Al-‘Iddah, t.1, p.121.