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Las grandes autoridades legales dicen: Aquel para el cual el pago de la compensación del ayuno del mes de Ramadân es obligatorio deberá poner a un esclavo en libertad[1], o ayunar durante dos meses (31 días en forma continúa), o saciar a 60 indigentes, o deberá dar a cada uno una porción de comida (aprox.750 gramos), es decir trigo, cebada y parecidos a estos. En caso de que no le sea posible, deberá dar porciones de alimento a los indigentes en la medida que pueda, y si no puede deberá implorar por perdón, es suficiente con que por ejemplo una vez diga “Istagfurul.lah” y la precaución obligatoria en este último caso es que en cualquier momento que pueda pague la compensación. Si da comida por precaución preferible debe ser trigo, harina o pan de trigo, aunque aparentemente cualquier comida que dé es suficiente.[2]
La precaución es que en esta elección usted cuenta con autoridad para elegir uno de estos tipos de compensación, y el significado de autoridad es que el obligado es libre para elegir cualquier opción. Por lo tanto puede elegir cualquiera de las opciones que se mencionan a continuación:
a) ayudar durante dos meses,
b) saciar a 60 indigentes, o dar a cada uno una porción de comida, aprox.750 gramos, es decir trigo, cebada o parecido a estos,
c) si no puede dar la comida, implorar por perdón.
Claro está es preferible que en caso posible se respete este orden.[3]
Es necesario decir que si la persona anula su ayuno con algo prohibido, ya sea con algo básicamente prohibido como el licor y la fornicación, o se haya vuelto prohibido por algún factor como mantener relaciones con su pareja en estado de menstruación, según la precaución deberá pagar las tres compensaciones.[4]
Además casi todas las oficinas de las autoridades legales aceptan la compensación, el reparo de una injusticia- y otros, con el fin de hacerlo llegar al necesitado.
[1]– En la actualidad no existen esclavos como para ponerlos en libertad, entonces este asunto se anula.
[2]– Taudîh ul-Masâ’il (Al-Mahshâ li Imâm Al-Jomeînî), t.1, p.931. asunto 1660-1661.
[3]– Imâm Jomeînî, Tahrir Al-Wasîlah, t.1, p.289.
[4]– Taudîh ul-Masâ’il (Al-Mahshâ li Imâm Al-Jomeînî), t.1, p.931.